Abuso Sexual Infantil: La Ventana Indiscreta
Escrito por admin el 26 diciembre 2014 en Biblioteca Virtual, Violencia | Comenta
por Javier García Guerrero[1]
En Canadá el 83% de las mujeres con discapacidad se enfrentará a una
situación de asalto sexual a lo largo de su vida. En el 49% de los casos
encuestados habían sufrido 10 o más incidentes semejantes. El 45% de las
pacientes psiquiátricas ambulatorias informaron haber padecido abusos sexuales
durante la infancia, en los casos en que adicionalmente fueron indigentes, el
riesgo alcanzó al 97%. Otros estudios realizados en Nicaragua, mostraron que el
98% de las mujeres con discapacidad sufrió abusos sexuales reiterados. En USA
el 18% de las mujeres violadas al año tienen sesenta años o más, 1/3 de ellas
aumentó su consumo de alcohol y aceleró la demencia senil o el
Alzheimer que padecían, 2/3 murió dentro del año posterior al hecho.
¿Y en
la Argentina?, no lo sabemos, se ocultan los registros que resultan
inconveniente al poder, olvidando que como dijo Bacon “”La verdad es
hija del tiempo, no de la autoridad.” Como dijo CFK respecto del INDEC frente
al Premio Nobel Josep Stigliz por la cadena nacional “si hay que truchar,
truchamos todos” legitimando la transformación de la información pública en
secreto de estado, burda falsificación o arma arrojadiza para la réplica
asimétrica contra los opositores políticos, impidiendo conocer o discutir
incluso los guarismos epidemiológicos. Sin embargo: es necesario saber para
prever, a fin de poder.
Río Negro con la mayor incidencia de abusos sexuales contra niños y
adolescentes de la Argentina, una tasa de femicidio un 50% superior a la media
nacional, con las últimas leyes nacionales y provinciales de
beneficios laborales para discapacitados sin reglamentar y sin presupuesto,
práctica una política espartana de abandono de los débiles a su suerte. A pesar
de que la violencia de género afecta a las personas con discapacidad o
padecimientos mentales con una frecuencia cinco veces superior al promedio
según demuestran entre otros los estudios los realizados en Navarra (España),
en Río Negro no existen programas focalizados para afrontar esta
problemática. La Defensora del Pueblo rionegrino al revisar las
inspecciones que debieron realizarse en los establecimientos geriátricos
habilitados para Adultos Mayores el Alto Valle sobre un total establecido por
la ley D Nº 3.640, Art. 17 de 210 inspecciones durante 2012 y 2013, determinó
que sólo se había realizado 12 verificaciones y ninguna de seguimiento de recomendaciones.
El estado provincial no prioriza generar información, investigación,
formación ni control sobre los riesgos detectados ni para gestionar las
derivaciones sociales, judiciales y sanitarias que ocasionan este tipo de
delitos. El cuantioso provecho económico derivado del ejercicio de actividades
ilegales conexas como la explotación sexual infantil, el narcotráfico, la trata
de personas, el turismo sexual, la venta de material pornográfico, el saqueo de
los bienes de los inhábiles, etc. por parte de los criminales y de sus
cómplices. La sordidez de estos temas que colocan a nuestra sociedad frente al
distorsionado espejo de la perversión les resta atractivo mediático, a menos
que se trate de buscar indicios de “inmoralidad e imprudencia” en la propia
víctima.
El lugar de la discusión sobre estos graves temas es ocupado por la
distribución de errores en el pasado en la discusión política y en los
noticieros por la difusión compulsiva del futbol, de las aficiones y adicciones
de la “beatiful people” o la concesión del habeas corpus a la orangutana
Sandra. En el plano provincial la dirigencia satura el éter con las giras de
reparto de subsidios, inauguraciones o donaciones de hasta “veinte sábanas para
el hospital” a las que se dedican fotos y notas de agradecimiento, mientras nos
auguran un “promisorio pasado”. Las marchas populares de la Multisectorial en
Cipolletti en contra de la protección brindada a abusador Fabián Villanueva o
los abusos en el Jardín de Infantes, en San Antonio por el caso Morelli, en
Viedma por el caso Karen, por David el menor de 13 años hallado muerto en la
cantera de Bariloche, etc. son muestras claras de que los sectores populares
tienen conciencia del riesgo cierto que corren nuestros menores sobre los que
asechan delitos como estos y otros muchos más casos trágicos que se han ocupado
la atención pública en la provincia durante los últimos 6 meses.
Son nulas las medidas de protección y prevención adoptadas en los
hospitales públicos y otras dependencias sanitarias, de seguridad o
penitenciarias para evitar la reiteración de las violaciones de internadas y
muertes de menores que fueron objeto de múltiples denuncias. Resulta inusitada
la reiteración de estos delitos en perjuicio de personas disminuidas en su
capacidad de defensa que se encuentran confinadas y bajo la tutela del estado.
Las fallas de Infraestructuras, recursos humanos, procedimientos y
prácticas del Poder Judicial rionegrino son inexcusables.
Las víctimas y testigos de delitos violentos, son cotidianamente
expuestos sin el necesario resguardo previsto por las leyes vigentes y
protocolos internacionales a condiciones inaceptables e incompatibles con el
ejercicio de la defensa de sus derechos vulnerados y con la protección
necesaria para evitar su victimización secundaria (revinculación con los
victimarios) y terciaria (estigmatización). A las recurrentes filtraciones
de las identidades de los testigos “protegidos” y las continuas filtraciones
del “secreto del sumario” desde las propias computadoras de los jueces infiltradas
por el microemprendimiento familiar chapucero de la “inteligenzia”
local, se suma la inobservancia de las pautas internacionales y se
vulneran muchas de normas vigentes al respecto. En efecto, en los casos de
delitos sexuales que involucran a menores en el Poder Judicial de Río Negro se
hace caso omiso de las recomendaciones de las Reglas de Brasilia sobre acceso a
la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, de las Guías de
Santiago sobre protección de víctimas y testigos, de la “Guía de Buenas
Prácticas para el abordaje de niños/as, adolescentes víctimas o testigos de
abuso sexual y otros delitos” de UNICEF para prevenir el estrés, el efecto
postraumático y nuevos grados de victimización. En dichos manuales se detallan
procedimientos para una gran diversidad de momentos y aspectos,
desde la recepción de la denuncia inicial por parte de la policía, la
revelación del hecho en la escuela, hospital u organismo de protección, hasta
el seguimiento de la niña, niño o adolescente con posterioridad al cierre del
caso. También se incluyen objetivos de la atención inicial, los recaudos a
tomar en el examen profesional, la protección de sus derechos, acceso a la
Justicia y obtención de pruebas válidas para el proceso. Tampoco se siguen las especificaciones
edilicias, sobre el equipamiento, mobiliario, condiciones ambientales y
condiciones de contorno en general que son sistemáticamente ignoradas y
transgredidas en la actuación judicial local. Las pautas internacionales
recomiendan la grabación en soporte audiovisual del acto procesal con un grado
de definición, ampliación y procesamiento que mediante el uso de la “prueba
anticipada” permita realizar un análisis exhaustivo posterior a través de las
sucesivos pasos judiciales en los que se analicen los hechos, sin tener que
repetir las entrevistas en cada instancia. Muy claramente se establecen
garantías respecto de los circuitos independientes por donde los testigos y
víctimas deberían transitar preservados de encuentros con los victimarios o sus
representantes y allegados a la espera de alguna actuación, con el propósito de
aventar todo tipo de contacto eventual que pudiera actuar como factor de
presión sobre la víctima.
A tales efectos se dispone la instalación
de Cámaras Gesell que están constituidas estilizadamente por dos
habitaciones comunicadas a través de una ventana dotada de un espejo que
permite la observación unidireccional, que se potencia por el uso de
dispositivos de comunicación y registro multimedial. Como en la película de Alfred Hitchcock, “La Ventana Indiscreta” el esquema habilita la
observación asimétrica y asincrónica a la totalidad de los actores previstos
por el proceso, evitando su irrupción en la escena de la entrevista analizada,
reduciendo los condicionamientos o contaminaciones de la misma.
A título
ilustrativo se agregan a este artículo con fines comparativos imágenes de la
Cámara Gesell de los Tribunales de Viedma y otra desarrollada por la
Universidad Maimónides como modelo. La Cámara Gesell de Viedma que se observa
en la fotografía, es un cubículo de aproximadamente 8 m2 de superficie
disponible para el escritorio y los entrevistados, donde la puerta no alcanza
un ángulo de apertura de 90º con un ancho que impide el acceso de sillas de
ruedas, que se climatiza con un calefactor y no dispone de un espacio ni
condiciones ambientales mínimas para que los niños puedan desarrollar juegos y
desplegar su palabra.
Tampoco cuenta con los elementos lúdicos apropiados que
resulten compatibles con las especificaciones aludidas. El registro de
entrevistas, en muchas ocasiones es parcial o de baja calidad de edición y se
realiza con una única cámara analógica que impide acceder a
perspectivas alternativas sobre la totalidad del lenguaje gestual, los
microgestos, etc. Resulta imposible realizar acercamientos o congelamiento de
imágenes desde distintos ángulos para observar detalles, relativizando de
manera importante la validez y utilidad de los resultados emergentes. Las
películas y series de televisión de distintos países ponen en evidencia la
amplia utilización de las Cámaras Gesell con varias cámaras para captar todo
tipo de testimonios e interrogatorios, ruedas de identificación y
reconocimientos de sospechosos, declaraciones de víctimas e imputados en sedes
policiales y judiciales, a través incluso de videoconferencias para evitar
traslados y disponer de registros multimediales, para la realización de
análisis, pericias simultáneas y posteriores, etc. En nuestras
latitudes eso está lejos de concretarse. Para conducir las
entrevistas los profesionales intervinientes deben tener formación,
acreditación y experticia en la temática de Violencia de Género y Abuso Sexual
Infantil de la que carecen la inmensa mayoría de los responsables en la
jurisdicción rionegrina.
Camara Gesell
Es oportuno recordar que los niños no son objetos, sino sujetos de
derechos, según afirma la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en
la Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1989, y aprobada por
nuestro país por ley 23.849.
La reforma constitucional de 1994, incorporó este
concepto al artículo 75 inciso 22, por lo que adquirió jerarquía
constitucional. La mayoría de los menores son interrogados en lugar de
entrevistados afirma el Dr. Carlos Rosanski, nativo y ex juez de Bariloche, “el
nivel de trauma que vive la criatura abusada no permite que se siente en el
juicio porque los que interrogan son extraños y en segundo lugar no está en
condiciones de ser interrogada”. La Convención de los Derechos del Niño
garantiza en su artículo 12 el derecho a ser oído. “Yo sostengo que sentar a
una criatura donde no debe estar es violar el derecho a ser oída porque se lo
silencia. El derecho a ser oído es crear condiciones para que la víctima pueda
ser escuchada”. “Oír a la víctima no es poner la oreja: es crear condiciones
adecuadas para que se exprese según su etapa evolutiva y su nivel de trauma que
le permitirá expresarse mediante el juego, el dibujo o la palabra”, una
decisión que debe evaluar el especialista. El interrogatorio a niños víctimas
de delitos sexuales y maltrato psíquico y físico en el ámbito tradicional de
intervención judicial resulta violatoria de la normativa contenida en el
artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional”. El psicólogo no es un
agente de control social, ni un policía de familia y es su función
promover -por el contrario- un espacio de libertad para el despliegue de la
palabra que bien puede ayudar al menor a la expresión en un marco de
libertad y confianza.
Según el Lic. Mariano Nino de la Asociación de los Derechos Civiles, “no
alcanza con que el profesional sea psicólogo para realizar las entrevistas de
la mejor manera posible, sino que tiene que estar especialmente capacitado, y
eso es lo que no hay. En ningún lugar de la Argentina hubo actividades
estructuradas y sistemáticas de capacitación y también hay conflicto en los
roles. En algunos lugares sí son psicólogos o profesionales de la salud mental
los que toman estas entrevistas, pero en otros no. Es claro que la tarea sigue
siendo de investigación penal, pero le tenés que agregar la protección del
niño, entender su desarrollo evolutivo, las cosas que puede contestar y las
cosas que no, no hacerles preguntas intimidantes. No alcanza con ser
psicólogo”. Tampoco se dispone en el ámbito judicial de suficiente cantidad de
psicólogos especialistas que puedan comunicarse a través de lenguaje de señas o
los medios que resulten idóneos para canalizar las denuncias y peritajes de las
personas discapacitadas o limitadas en su autonomía que resultan tan
frecuentemente afectados por los mencionados delitos.
La situación descripta evidencia que hemos cedido demasiado terreno a
una burocracia ineficaz, colonizada por una visión del poder excluyente,
machista y misógino, que relativiza el cumplimiento de las leyes volcando sobre
los más vulnerables que debe resguardar, el peso de los influyentes y grupos de
presión a los que sirve. La reserva del monopolio de la violencia por parte del
estado implica la obligación ineludible de que otros actores no estén en
capacidad de ejercer la violencia impunemente sin ser alcanzados por la fuerza
punitiva de la ley que debe ser justa, proporcional y oportuna. Cobran renovada
vigencia las palabras de Sigmund Freud cuando afirmó que “El primer requisito
cultural es el de la justicia, la seguridad de que el orden jurídico, una vez
establecido, ya no será violado” y de Montesquieu “La descomposición de todo
gobierno comienza por la decadencia de los principios sobre los cuales fue
fundado”
[1] Lic.
Javier García Guerrero. Disertante de Jornadas y Congresos Nacionales de la
Federación de Psicólogos de la República Argentina, Congresos Internacionales
de la Facultad de Psicología UBA y del COSAPRO del Ministerio de Salud de la
Provincia de Buenos Aires.
@JavierGGuerrero
@JavierGGuerrero
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