Agencia Periodística de Buenos Aires- Facultad de
Periodismo y Comunicación
Universidad Nacional de La Plata
Universidad Nacional de La Plata
26Carlos Rozanski, juez del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata.
Movida de jueces penales para que el abuso infantil sea un delito imprescriptible
A la cabeza de esa corriente está el
platense Carlos Rozanski. Fundamenta su postura en el tiempo que dura el trauma
cuando las víctimas son niños que pueden demorar muchos años en verbalizar lo
que les ocurrió. Alientan un debate que tenga en cuenta "las
características propias de este delito" que hacen que las víctimas no puedan
denunciarlo en el corto o mediano plazo.
4Set
Sabado, 14 de Setiembre de 2013
Jueces del fuero penal y civil
consideraron que el delito de abuso sexual infantil debe ser imprescriptible y
alentaron un debate que tenga en cuenta "las características propias de
este delito" que hacen que las víctimas no puedan denunciarlo en el corto
o mediano plazo.
"No existe un estudio que
determine cuántos años pasan entre que un niño o niña es abusado y puede verbalizarlo,
incluso es algo que a veces no sucede jamás. Lo que sí sabemos es que por las
características propias del delito esta denuncia nunca es inmediata",
señaló a el juez Carlos Rozanski, titular del Tribunal Oral en lo Criminal
Federal Nº 1 de La Plata., en un informe publicado por la agencia Telam.
El magistrado, autor del libro
"Abuso Sexual Infantil, ¿denunciar o silenciar?", describió como
características propias del delito, además de la corta edad de las víctimas,
que "en la mayoría de los casos se da en el ámbito intrafamiliar en una
sociedad que inculca que 'los trapitos sucios se lavan en casa'".
"Esto lleva a que muchas víctima
demoren años en denunciarlo, por lo que no se puede fijar un límite para
investigar. Incluso hay quienes no lo denuncian nunca, de hecho se estima que
sólo se llevan a la justicia un 10% de los casos", precisó.
En tanto, la jueza de Paz de Villa
Gesell, Graciela Jofre, consideró que "estos delitos deben ser
imprescriptibles así como lo es el daño producido al niño quien lo llevará
inserto en su psiquis y su cuerpo el resto de su vida y sólo podrá ser
atemperado por la indispensable contención terapéutica adecuada".
La magistrada, quien emitió en abril
de este año un fallo en el que impidió la revinculación de un padre denunciado
por abuso, opinó además que estos delitos "deberían ser considerados como
tortura porque la víctima se encuentra sumida en un grado máximo de
desprotección y aislamiento, sin ningún tipo de resorte físico, psíquico o
emocional para defenderse".
En 2011 el Congreso de la Nación
aprobó una ley (conocida como Piazza porque el diseñador de moda Roberto Piazza
fue quien la impulsó) que estableció que para los delitos contra la integridad
sexual de niñas, niños y adolescentes la prescripción comienza a correr a
partir de que la víctima cumple la mayoría de edad.
Más allá de la necesidad de modificar
el Código Penal, ambos letrados criticaron el accionar de algunos efectores de
justicia que, "por desconocer el tema" o por una cuestión de
"ideología androcéntrica y patriarcal", desprotegen a los chicos
ordenando, por ejemplo, revinculaciones con padres abusadores.
"Existen fallos ejemplares como
el de la jueza Jofre, que demuestran que un profesional con sensibilidad y
conocimiento en los temas puede tener herramientas legales para hacer lo que
corresponde", señaló Rozanski.
El juez brindó está respuesta en
relación al reclamo de muchas madres de víctimas de abuso que señalan que en
los tribunales de familia les justifican las revinculaciones con los padres denunciados
porque "si no hay condena penal no hay herramientas para impedir el
contacto" e indicó que "esto es incorrecto”.
"Como juez civil y de familia mi
mirada debe centrarse en el estado físico y emocional del niño, mi
responsabilidad es disponer todas las medidas protectoras de ese niño en forma
inmediata independientemente de lo que evalúe y resuelva el juez penal",
sostuvo por su parte Jofre.
"El juez penal hará la tarea
punitiva, otros pueden ser sus parámetros de evaluación de prueba. Aunque creo
que ambos debemos tener como norma superior reguladora de toda actuación el
respeto a la palabra del niño porque esto parte de la Convención de los
Derechos del Niño que fue aprobada en Argentina", añadió.
Otra denuncia habitual de las madres
de víctimas es que sus hijas e hijos en ocasiones son expuestos a dar su
testimonio (tanto en el fuero penal como civil) en presencia de los abusadores,
con el daño psicológico que ello implica.
"Hubo una reforma en el Código
Procesal Penal de la Nación que estableció que estos testimonios deben tomarse
por personal idóneo en contextos especiales como cámara Gesell u otros
dispositivos; pero esto sólo es obligatorio en Capital y en los tribunales
federales", explicó Rozanski, autor de esa reforma.
Detalló que "las provincias
pueden o no tomar este código de procedimiento, sin embargo, si se tiene en
cuenta la Convención de los Derechos de Niñas...no hace falta que la
legislación provincial haya adherido".
"Como sociedad nos tenemos que
plantear si vamos a permitir que jueces que atentan contra la integridad de
nuestros chicos pueden seguir en sus cargos, pero no porque piensen diferente,
sino porque quienes toman esas determinaciones no están capacitados para esa
función", puntualizó Rozanski.
En este sentido, señaló que "de
esto también hablamos cuando decimos que hay que democratizar la justicia, de
que no haya más jueces que a una mujer que fue víctima de una violación le
sigan preguntando si usaba o no pollera".
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