Disertación en
Simposio por invitación en el I Congreso Internacional de Victimología .
Facultad de Psicología. Universidad Nacional de La Plata. Argentina. 24,25 y 26
de Agosto de 2016.
LAS
VICTIMAS DE LA IDEOLOGÍA SAP EN EL SISTEMA DE JUSTICIA ARGENTINO.
De
Graciela Dora Jofré*
1. Principios de Justicia y
“victimas” de abuso sexual intrafamiliar.
Según lo define la llamada Carta Magna de los
Derechos de las Víctimas la “Declaración de Principios Básicos de Justicia para víctimas de Delito y Abuso
de Poder” aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en el año 1985
(Marchiori, 2006) podrá considerarse víctima a la persona “ independientemente que se identifique,
aprenda, enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relación
familiar entre el perpetrador y la víctima” y también incluye en este
concepto a “los familiares o dependientes
inmediatos de la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir
para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización”
Significa que aplicando este concepto cuando una
madre denuncia el incesto de quien fuera su pareja sobre sus hijas/os debe ser
considerada y tratada como víctima del delito . Los niños y niñas abusados
sexualmente en el entorno familiar no pueden solos, si no hay un adulto
protector que observe, les crea los relatos si eso sucede y denuncie penalmente
pidiendo el alejamiento del perpetrador de esos niños/as. Y este concepto
integral de victima del delito de abuso sexual intrafamiliar exige que tanto
estas madres (o el adulto protector) como sus hijos/as deban ser tratados por
el sistema de justicia con respeto a sus derechos en tal calidad. Surgen en consecuencia los siguientes
derechos expresamente regulados en el citada Declaracion de Principios:
-Derecho a ser tratados con
compasión y respeto por su dignidad
-Derecho al
acceso a los mecanismos de la justicia y a una pronta reparación del daño que
hayan sufrido
-Derecho a procedimientos
oficiales u oficiosos que sean expeditos, justos, poco costosos y accesibles
-Derecho a
tener asistencia apropiada durante todo el proceso judicial
-Derecho a una asistencia material, médica, psicológica y social que sea necesaria
- Derecho a que la
justicia adopte las medidas necesarias
para proteger su intimidad y en caso necesario, se garantice su seguridad contra todo acto de intimidación y represalia (Declaración de Principios Básicos de
Justicia para víctimas del delito y el abuso de poder - Sección Ap. 5 y 6 Naciones Unidas 1985).
Todos estos derechos enumerados nacen de un
derecho primordial de todo/a ciudadano/a ante la Justicia: buen trato y
protección a su integridad vulnerada por el delito. La realidad judicial
demuestra que no se cumplen estas premisas cuando hay denuncias de abuso sexual
de niñas y niños. En los delitos de
incesto y abuso sexual a niñas/os la ideología SAP, la de la “Alienación Parental” quiebra todos
estos derechos, revictimiza institucionalmente a niñas/os y madres protectoras
(estadísticamente mayoritariamente las que protegen y denuncian el delito) privilegiando e instalando la impunidad y preservación
del rol social del perpetrador.
2.
Ideología
SAP en la Justicia de Familia y Penal.
La ideología de la “Alienación Parental”, el
inexistente SAP en idioma castellano y PAS en su idioma ingles de origen, es la
ideología que ha infectado el Sistema de
Justicia de Familia en Argentina como en otras naciones del mundo, como
Paraguay, México, Uruguay, Brasil, España, Portugal, Italia, Estados Unidos
entre otras.
Su matriz ideológica da como principio una
siniestra falacia, sin ciencia que la avale. Siniestra porque ataca,
revictimiza y destruye infancias y vidas humanas que han padecido el delito más
atroz, en el ámbito que solo se legitima en el amor y el cuidado de sus
integrantes más vulnerables, la familia.
Ideología con una clara intencionalidad: desarticular y desacreditar en
la justicia penal y de familia las
denuncias de incesto contra el padre o padrastro hacia hijas e hijos realizada
por la madre de niñas y niños.
El resumen de sus postulados: cuando la niña o
niño cuenta hechos de abusos sexuales de su padre o padrastro son fantasías
porque un adulto (la madre) le ha influido para creerse lo que nunca existió.
Instala la idea revistiéndola de ciencia, que la motivación de la madre es
especulativa económica o por venganza hacia su pareja para lo cual utiliza a su hija/o “llenándole la cabeza” para que invente los hechos de abuso sexual.
Se cura alejando a esa madre de la niña o niño y dándolo al cuidado exclusivo o
compartido con el denunciado padre (en su caso).
En las prácticas judiciales de los procesos de
familia frente al incesto paterno filial es la ideología imperante aunque en
Argentina no sea ya nombrada directamente porque SABEN que no tiene aval
científico. Esta solapada por cuanto se la oculta maliciosamente pero se
evidencia en los actos y resoluciones de juezas y jueces, en los dictámenes de
Asesoras/es de Menores que defienden el rol paterno y sospechan de niñas/os y
madres denunciantes, de Fiscales que no privilegian el relato de niñas y niños
que miran sospechosamente a las madres denunciantes, que indagan en
antecedentes sexuales de victimas adolescentes y en las pericias de Peritos
psicólogas/os forenses que dictaminan no poder aseverar hechos de abuso sexual
pero si evidencian prejuicios contra la madre denunciante y tiñen de sospecha
el relato de niñas y niños. De Asistentes Sociales que intervienen en
encuentros supervisados y no reaccionan profesionalmente frente a conductas de
angustia y rechazo de niñas y niños en dichos encuentros o que minimizan sus
gestos privilegiando al varón denunciado en su rol paternal. De Juezas y Jueces
que privilegian en sus resoluciones el “derecho de defensa” del denunciado, su
rol paterno sobre la integridad de niñas y niños.
La niña, el niño que han sido víctimas de
incesto paterno filial deben ser inmediatamente alejados del padre denunciado.
Esta medida esencial y preventiva al cuidado de la integridad del niño/a (es la
aplicación efectiva del “interés superior del niño” en estos casos) es también
la puerta que permitirá en muchos casos que niñas y niños que no han podido
relatar los abusos sexuales puedan hacerlo. La experiencia en mi actividad como
Jueza me lo ha demostrado. La niña, el niño al verse protegida/o, creída/o y
alejada de su agresor/a (si la abusadora es la madre) suele “hablar”.
3. Síntomas de ideología SAP
en el discurso de operadores de justicia.
A los operadores de justicia, juristas,
abogadas/os bajo la ideología SAP se los
puede detectar aunque solapadamente
oculten su ideología por variados “síntomas”. Enumero algunos de ellos:
1. Una defensa acérrima del rol paterno,
realizan disquisiciones entre el rol de
pareja, cónyuge y el de padre. Su postulado seria que un agresor de la madre
puede ser un buen padre para sus
hijas/os. Sostienen la credibilidad de la palabra del padre y de su imagen
social; todo aquello que lo cuestione es sospechado de falaz. No creen ni
respetan la palabra ni en la dignidad de niñas y niños. Aunque lo ocultan
piensan que niñas y niños no saben lo que quieren y es el adulto quien sí sabe
y debe decidir lo que mejor les conviene. Consideran a niñas y niños “tontos” y fácilmente influenciables.
Como consecuencia de estos pensamientos sesgados son promotores del obligar a
niñas y niños a estar y ver a su padre
aun contra su voluntad manifiesta. Para
estos operadores de justicia los NO de una niña, un niño no existe. Su mirada está
centrada en el régimen comunicacional del padre con hijas e hijos y en el
bienestar del adulto denunciado (aunque se justifiquen alegando “el interés superior
del niño”).
2. Hablan de las falsas denuncias. Dando
por regla la excepción. Como en los casos de violencia de genero esgrimen
acerca de las “mujeres que golpean a hombres”. Se evidencian en su ideología
SAP aunque su discurso esgrima conceptos aparentemente afines a derechos
humanos de mujeres y niños/as.
3. Cuando hablan de mediaciones familiares
para todo conflicto de familia sin discriminar situaciones de violencia de
género o abusos sexuales de hijas e hijos. Cuando frente a estos gravísimos
conflictos donde hay delitos hablan de “conflictos
emocionales de pareja” o términos semejantes. Promueven las mediaciones
como metodología para resolver todo proceso de familia hablando por ejemplo de
“conflictos emocionales” silenciando las denuncias de abuso sexual o violencia
de genero.
4. Cuando omiten la regulación de las causales
de violencia de género y abuso sexual intrafamiliar dentro del divorcio y sus
efectos (sobre bienes e hijos/as)
Promueven la generalización e invisibilizan los
delitos en contexto de pareja y familiar generando impunidad de agresores en
sus roles paternos y aislamiento de víctimas de delitos en la familia.
5. Son promotores de las restituciones
internacionales de niños/as sin contemplación a las realidades de la violencia
de género y del abuso sexual intrafamiliar.
Estos son algunos de los indicadores que he
observado a través de estos años que esconden la ideologia SAP la cual se
encuentra agazapada tras buenos y atractivos discursos con pseudo perpectiva de
género e interés en derechos humanos de mujeres y niños/as dentro de la familia.
4. Metodologías represivas en
procesos de familia y penales.
Las custodias
o cuidado personal de hijos/as forzadas
a ser de manera compartida; el régimen comunicacional de niños/as con su padre
agresor o sus parientes en el ámbito del Sistema de Justicia de Familia; el delito de “impedimento de contacto” en el
Penal, son algunas de las metodologías represivas usadas por agresores y
facilitadas por operadores judiciales con ideología SAP para acallar y reprimir
a niñas y niños que han sido víctimas de delitos y a sus madres protectoras.
La sociedad se escandaliza por los asesinatos de
mujeres a manos de sus parejas pero no quiere ver estos actos represivos hacia
mujeres que han creído a sus hijas/os
sus relatos de abusos sexuales, mujeres que han decidido separarse del agresor
y denunciar ante la justicia. Pareciera que la mujer es considerada por el
sistema como una víctima cuando es asesinada y no es concebida de tal forma
cuando sus hijas/os han sido abusados sexualmente por quien fuera su pareja y
ella se separa y denuncia en la justicia. Como si la sociedad y el Sistema de
Justicia le cree cuando ya es tarde, y es asesinada ella o sus hijos/as. Pues si
sobrevive y se separa entra en zona de sospecha social y estigmatización. ¿Es
acaso que la sociedad y su reflejo en el
Sistema Judicial quiere mujeres mártires, cómplices o cómodas y afines al poder
patriarcal? Otra “hoguera” para las “brujas”. Y niñas y niños invisibilizados
en su dolor y aislados de su figura parental no agresora y protectora.
Por tales razones ideológicas sigue propagándose
en el mundo este constructo acientífico pero funcional y facilitador a una
sociedad que necesita sostener la imagen social de los padres de familia a
cualquier costo y acallar, amedrentar a mujeres y niños/as victimas de sus
abusos. No ver, no escuchar, no hablar. Mientras tanto millones de niñas y
niños abusados sexualmente, maltratados están solos en su angustia. No ve la
sociedad que la única esperanza hacia una humanidad mejor está en cómo cuidemos
y protejamos la infancia.
A modo de conclusión cito este párrafo del libro de mi autoría “Niñas y niños en la
Justicia” (Jofré, 2016):
El movimiento por los derechos
humanos de los niños, aquel impulsado por todos aquellos que promovemos en el
sistema de justicia la credibilidad de su palabra y el respeto efectivo en los
procesos judiciales a su dignidad y su integridad, produce reacciones adversas
y muchas veces feroces. Molesta hacer visibles los atropellos a los niños y
niñas dentro de los entornos familiares, exponerlos en el sistema de justicia,
sacarlos del territorio del secreto y la complacencia. La sociedad, cada uno de
nosotros somos ella, prefiere no ver sus rostros mudos y tristes, ser sorda a
los gritos silenciados en sus
miradas, no indagar las verdades que nos cuentan con sus gestos silenciosos,
sus dibujos, sus juegos. Es más fácil entrar en los territorios discursivos que
bregan por los niños/as y sus derechos pero ocultando la realidad traumática de
miles de infancias arrasadas, robadas por violencias físicas, sexuales,
emocionales, en entornos que para los niños/as son de confianza y debieran ser
de cuidado. Por eso el desafío es la causa de los niños/as y necesita de todos
nosotros, cada uno donde está y actúa. Salir de los estados de indiferencia,
complacencia y comodidad. En cada niño/a vulnerado/a estamos todos, nuestro
futuro humano es un niño/a.
24 de Agosto de 2016.
*Juez de Paz Letrado de Villa
Gesell.
BIBLIOGRAFIA
Naciones Unidas (1985) Serie
Victimologia 2. Córdoba. Nuevo Encuentro Grupo Editor.
Jofre,G.(2016) “Niñas y niños
en la Justicia. Abuso sexual en la infancia” Buenos Aires, Editorial Maipue. http://www.maipue.com.ar/catalogo_coleccion_ninas-ninos-en-la-justicia.php
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